El Supremo estima en parte el recurso de los regantes contra los planes hidrológicos de Ceuta
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena contra el real decreto que revisó los planes hidrológicos de varias demarcaciones, entre ellas Ceuta y Melilla. La sentencia se publica en el BOE del 16 de octubre.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes 16 de octubre la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 425/2023, presentado por la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena.
El recurso se dirigía contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, que aprobó la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
Qué es el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo es el órgano judicial situado en la cúspide del poder judicial español. Su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional y es el órgano superior en todos los órdenes jurisdiccionales: civil, penal, contencioso-administrativo, social y militar. Los asuntos de relevancia constitucional corresponden al Tribunal Constitucional.
Qué supone la sentencia
La sentencia estima parcialmente el recurso, lo que significa que el tribunal acepta solo una parte de lo pedido por la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena. El texto completo y el PDF de la resolución están disponibles en la web del BOE.
Antecedentes
El portal informó el 14 de octubre de 2026 de que el 8 de julio se conoció una sentencia del Tribunal Supremo según la cual el «rechazo en frontera» no puede aplicarse a las personas interceptadas en el mar cuando intentan entrar a nado en Ceuta o Melilla. Las autoridades locales relacionaron ese fallo con el aumento de las llegadas a nado.